Desde Comisiones Obreras denunciamos la obsesión de la dirección por incumplir el Convenio Colectivo y por imponer condiciones de trabajo ilegales a la plantilla.
Este domingo se celebran elecciones municipales y europeas y queremos recordar a las trabajadoras y trabajadores cuáles son sus derechos para la jornada electoral.
Si tu jornada de trabajo coincide total o parcialmente con el horario de apertura de los colegios electorales, recuerda que tienes derecho a un permiso retribuido (solicita la certificación de que has votado en tu mesa electoral) dentro de tu jornada durante el mismo día de la votación. Si la coincidencia es superior a 6 horas tienes permiso retribuido de 4 horas, si la coincidencia es de 4 a 6 horas será de 3 horas y si la coincidencia es de 2 a 4 horas, permiso retribuido de 2 horas.
Recuerda que las horas extras son totalmente voluntarias. Y si son durante la jornada electoral, igualmente, tienes derecho al permiso de votación en los términos que establece Decreto 463/2019, de 14 de mayo de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior https://juntadeandalucia.es/boja/2019/93/2
Para la jornada electoral, la dirección está intentando imponer turnos ilegales y por ello queremos aclarar algunos conceptos. Las jornadas no pueden ser superiores a nueve horas ni de más de cinco días consecutivos, los descansos previstos y publicados para el mes en curso no pueden ser modificados, sin consentimiento del trabajador/a. Por ejemplo: Los horarios de lunes a jueves (7h), con descanso de viernes y sábado y vuelta al trabajo el domingo, son ilegales. El domingo, sólo podría computarse como horas extras que serán descansadas al doble.
El complemento de disponibilidad no implica el cambio de turno (mañana-tarde-noche) sino la modificación sobre los horarios ya publicados. No te pueden amenazar con retirar este complemento por negarte a modificar tus descansos ni por no acceder a cambiar tu turno de trabajo de forma sustancial. Si la empresa no está dispuesta a negociar los procesos productivos especiales para afrontar periodos electorales como éste, debe atenerse a las condiciones básicas del Convenio ¡Que no te den gato por liebre! CC.OO, como en otras ocasiones, denunciará ante la Inspección de Trabajo y ante las instancias que sean necesarias los incumplimientos de la legalidad laboral que sean realizados.
Igualmente los miembros de una Mesa Electoral, incluido interventoras/es de las distintas coaliciones o candidaturas, tendrán ese día de descanso y en el siguiente cinco horas, dentro del horario de trabajo. Para los apoderados/as a cualquier coalición o candidatura, la dirección tiene la obligación de garantizar ese día de libranza.
VACACIONES Recordamos que los periodos de vacaciones deben ser comunicados con tres meses de antelación a las trabajadoras/es y que cualquier cambio o modificación de éstas serán sólo previo acuerdo con el afectado/a. A día de hoy son muchas las trabajadoras y trabajadores que tienen su descanso anual "secuestrado" por el jefe o coordinador de turno o por una dirección.
CC.OO, como en otras ocasiones, denunciará ante la Inspección de Trabajo y ante las instancias que sean necesarias los incumplimientos de la legalidad laboral que sean realizados.
Seguiremos informando.